lunes, 12 de diciembre de 2011
Dudas sobre Identificación
¿PUEDEN PEDIRTE QUE TE IDENTIFIQUES EN CUALQUIER MOMENTO?
En la práctica sí, aunque la Ley lo limita a situaciones en las que es necesario para el ejercicio de la protección de la seguridad, entre otros garantizar la seguridad ciudadana. Las Fuerzas de Orden Público interpretan tan ampliamente esta facultad que en la práctica te pueden pedir la documentación en cualquier circunstancia. Así pues, basta con que una persona circule por el lugar donde se halla el control policial para que haya de sufrir una momentánea paralización, inmovilización o retención.
¿ELLOS DEBEN IDENTIFICARSE?
Sí, es su obligación informarte de su número de carnet profesional, pero en la práctica no sólo no
lo harán, sino que en determinadas situaciones (una concentración) ese derecho puede provocarte
consecuencias jurídicas (una denuncia falsa). De cualquier forma intenta conseguir todos los datos
que puedas. Así, el número de placa aparece en el uniforme, a excepción de las Unidades de
Intervención Policial (antidisturbios) que no llevan. En este caso fíjate en los dibujos de su insignia
(número de laureles) y otros datos de carácter personal.
¿ME PUEDEN PEDIR OTROS DATOS?
En un control rutinario sólamente los datos de filiación.
¿PUEDEN CACHEARME?
Sí, en determinados casos, pero de manera superficial. Los cacheos son registros personales
externos o superficiales dirigidos a averiguar si la persona registrada oculta elementos de un supuesto
delito o este cacheo es necesario para la protección del orden público. De cualquier forma valora el
preguntar por qué motivo es el cacheo.
¿SI NO PUEDO O ME NIEGO A IDENTIFICARME QUÉ SUCEDE?
Puedes identificarte por cualquier medio. La identificación consiste en proporcionar tus datos,
no es necesario que sea a través de determinados documentos públicos (DNI o pasaporte).
Si te niegas, serás llevado a comisaría para identificarte. En esta situación no estás detenido
sino “retenido”, que viene a ser una detención temporal sin cargos en tu contra. Si te niegas
entonces además de ser llevado a comisaría pueden imputarte una falta de desobediencia.
Si te resistes a la identificación puede acabar en detención y la imputación de un delito de resistencia
o desobediencia.
EN UN CONTROL POLICIAL DE VEHÍCULOS, ¿QUÉ DEBO HACER?
Estás obligado a dar el DNI y la documentación del vehículo. Tampoco te pueden dirigir preguntas no
relacionadas con la filiación o dudas relativas a la documentación del vehículo.
¿ME PUEDEN REGISTRAR EL VEHÍCULO?
Sí, pero tenemos derecho a estar delante del vehículo para observar dicho registro. Si alguien te
acompaña mejor. En la práctica intentarán que te retires hacia atrás pero tienes que insistir en estar
delante, valorando siempre la idoneidad de exigir o no nuestros derechos. Si te han incautado algo
susceptible de ser peligroso o ser utilizado como arma hay que exigir que te den el correspondiente
acta de aprehensión en el que figure el objeto considerado peligroso.
¿SI ESTOY EN EL INTERIOR DE UN ESTABLECIMIENTO PRIVADO Y EL GUARDIA DE
SEGURIDAD ME PIDE IDENTIFICARME, DEBO HACERLO?
Los vigilantes de seguridad pueden efectuar controles de identidad en el acceso interior de
los establecimientos. Pero no es tu obligación identificarte ni mucho menos darle la documentación.
No tiene consecuencias jurídicas. Tú lo valoras. Sólamente tienes obligación de dársela a la policía.
Extracto del "Manual de Autodefensa Civil" (Capitulo 2) creado por el GRUPO 17 DE MARZO
Descargar "Manual de Autodefensa Civil": http://www.17demarzo.org/sites/default/files/manual.pdf
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